Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
22-02-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170222-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 26

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Madrid número 26. Procedimiento 1.439 de 2013, notificación a Comercial Europea de Climatización Distribuciones, S. A.

EDICTO

En el juicio que se siguen en el Juzgado de primera instancia número 26 de Madrid, por procedimiento ordinario número 1.439 de 2013, siendo demandante “Comercial de Industria y Representaciones, Sociedad Anónima”, y demandada “Comercial Europea de Climatización Distribuciones, Sociedad Anónima”, se ha dictado sentencia de 23 de septiembre de 2016, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

La ilustrísima señora doña Rocío Nieto Centeno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 26 de Madrid, habiendo visto los presentes autos número 1.439 de 2013 sobre juicio ordinario, seguidos a instancias de “Comercial de Industria y Representaciones, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora de los tribunales doña María Jesús Sanz Peña, contra “Comercial Europea de Climatización Distribuciones, Sociedad Anónima”, en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que, estimando la demanda formulada por “Comercial de Industria y Representaciones, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora de los tribunales doña María Jesús Sanz Peña, contra “Comercial Europea de Climatización Distribuciones, Sociedad Anónima”, en rebeldía procesal, condeno a la expresada demandada a satisfacer a la actora la cantidad de 6.758,24 euros más intereses legales desde la fecha de la interposición de la demanda y pago de las costas procesales causadas.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Comercial Europea de Climatización Distribuciones, Sociedad Anónima”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra el presente auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que proceden contra, en su caso, la resolución originaria que ya quedaron indicados al ser notificados (artículo 267.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

Los plazos para los recursos a que se refiere el anterior apartado se interrumpen, en su caso, por la solicitud y en todo caso comienzan a computarse desde el día siguiente a la publicación de este edicto (artículo 267.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 20 de enero de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/4.529/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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