Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
22-02-2017

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170222-66

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORILLO

RÉGIMEN ECONÓMICO

66
Valdemorillo. Régimen económico. Ordenanza subvención transporte urbano viajeros

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 19 de enero de 2017, ha adoptado, entre otros, acuerdos de:

— Aprobación inicial de modificación de la ordenanza reguladora de las condiciones que han de regir la subvención del transporte urbano de viajeros de urbanizaciones y del municipio de Valdemorillo.

El citado acuerdo provisional y su expediente estará expuesto al público durante treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar, en su caso, las alegaciones, reclamaciones y/o sugerencias que estimen oportunas, durante dicho plazo, en días y horas hábiles de oficina, no considerándose hábiles, a estos efectos, los sábados.

En el caso de no presentarse reclamaciones en ese plazo, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo provisional citado, de conformidad con el artículo 17.3 del citado texto refundido y párrafo segundo del artículo 49 de la Ley 7/1985 citada.

Valdemorillo, a 6 de febrero de 2017.—La alcaldesa, Gema González Fernández.

(03/4.962/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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