Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
17-02-2017

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170217-56

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Navacerrada. Régimen económico. Calendario fiscal 2017

La alcaldía-presidencia, mediante Resolución de fecha 25 de enero de 2017, acuerda la aprobación del fiscal del municipio correspondiente al ejercicio 2017 (que estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento), en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 24 y 25 del Reglamento General de Recaudación aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en los términos que se exponen a continuación:



La orden de cargo en cuenta de los recibos domiciliados se realizará el último día del período voluntario de pago. Como consecuencia de esto las solicitudes de fraccionamiento en período voluntario deberán tener entrada en el registro en los siguientes períodos:

— Fin de voluntaria: 3 de julio de 2017. Plazo para solicitar el fraccionamiento, hasta el 26 de junio de 2017.

— Fin de voluntaria 3 de noviembre de 2007. Plazo para solicitar el fraccionamiento, hasta 23 de octubre de 2017.

Se respetarán los mismos plazos para la solicitud de domiciliación de recibos o cambios de cuenta de domiciliación.

La Alcaldía podrá modificar el calendario cuando, por motivos de índole técnica debidamente justificados, impidan la gestión de los recursos económicos señalados en las fechas indicadas informando a los interesados con la suficiente antelación.

Navacerrada, a 26 de enero de 2016.—La alcaldesa-presidenta, Ana Paula Espinosa Izquierdo.

(02/3.271/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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