Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
15-02-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170215-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 69

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Madrid número 69. Procedimiento 701 de 2012, notificación a María Dolores Uroz Moreno e Irene Alexandra Ibarra Pernau

EDICTO

Doña Virginia Marta González Granado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 69.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 701 de 2012, instados por la procuradora doña María Ángeles Oliva Yanes, en nombre y representación de don Miguel Masferrer Miguel, contra doña Irene Alexandra Ibarra Pernau y doña Cristina Ibarra Rebner, en reclamación de 194.832 euros, en los que se ha dictado en fecha 28 de abril de 2015 sentencia cuyo fallo es la siguiente:

Desestimo la demanda interpuesta por la procuradora doña María Ángeles Oliva Yanes, en nombre y representación de don Miguel García Masferrer, contra doña Cristina Ibarra Rebner, representada por la procuradora doña María Dolores Uroz Moreno, y contra doña Irene Alexandra Ibarra Pernau, declarada en situación procesal de rebeldía y, en consecuencia:

1. Absuelvo a las expresadas demandadas de cuanto se pretende en la demanda.

2. Declaro no haber lugar a hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas derivadas del presente procedimiento.

Notifíquese esta resolución a las partes, con la indicación de que contra la misma cabe interponer ante este Juzgado recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid, que deberá presentarse por escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días desde la fecha de su notificación. Para su admisión a trámite será necesario, en todo caso, que al tiempo de interponer el recurso la recurrente haya constituido el depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en “Banesto”, número 28890000-02, y en la cuenta expediente correspondiente, debiendo acreditar tal extremo mediante resguardo del ingreso o transferencia que deberá acompañar al escrito de presentación del recurso, que sin ello no será admitido a trámite.

Así, juzgando definitivamente en esta instancia y por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a la causa, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña Irene Alexandra Ibarra Pernau y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 12 de enero de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/3.816/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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