Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
15-02-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170215-73

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 46

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Madrid número 46. Procedimiento 222 de 2015, notificación a Fotolab Energías III, S. L. y Hazard Servicios Financieros de Gestión 2009, S. L.

EDICTO

En el procedimiento número 222 de 2015, se ha dictado sentencia de fecha 24 de octubre de 2016, y auto de aclaración de fecha 8 de noviembre de 2016, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es la siguiente:

«Vistos por el ilustrísimo señor don Javier Sánchez Beltrán, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 46 de Madrid, los autos verbal número 222 de 2015, en virtud de demanda interpuesta por la procuradora doña María Fuencisla Martínez Mínguez, en representación de “Grenke Rent, Sociedad Anónima”, contra “Hazard Servicios Financieros de Gestión 2009, Sociedad Limitada”, y “Fotolab Energías III, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre reclamación de cantidad».

Parte dispositiva:

“Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña María Fuencisla Martínez Mínguez, en nombre y representación de “Grenke Rent, Sociedad Anónima”, debo declarar la resolución del contrato número 92-4820, desde la fecha del burofax de resolución contractual y debo condenar y condeno a “Hazard Servicios Financieros de Gestión 2009, Sociedad Limitada”, y “Fotolab Energías III, Sociedad Limitada Unipersonal”, a abonar a la parte actora la cantidad de 5.839,16 euros, más el interés legal y la penalidad por no devolución del bien arrendado a razón de 5,220 euros/día desde la fecha de presentación de la demanda, así como a devolver el bien arrendado: un equipo multifunción color avanzado Konica Minolta Bizhub C-360, con número de serie 021023101.

Se imponen las costas a la parte demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado.”

En atención al desconocimiento del actual domicilio de las demandadas “Fotolab Energías III, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Hazard Servicios Financieros de Gestión 2009, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 25 de enero de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/3.605/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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