Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
15-02-2017

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170215-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

62
Morata de Tajuña. Organización y funcionamiento. Modificación Junta de Gobierno Local

El alcalde-presidente, con fecha 30 de enero de 2017, ha dictado resolución con el siguiente tenor literal:

Por resolución de Alcaldía 0447/2015, de 22 de junio, y como consecuencia de la constitución de la nueva Corporación en fecha 13 de mayo de 2015, se procedió al nombramiento de tenientes de alcalde.

Con fecha 26 de enero de 2017, toma posesión, como concejal de este Ayuntamiento, por el Partido Socialista Obrero Español, don José Fernández Piqueras, en sustitución de don José Paz González, quien, con fecha 16 de diciembre de 2016, renuncia a su cargo de concejal por motivos personales.

Considerando la necesidad de proceder a una nueva organización de la Corporación.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 20.1.b) y 23.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y preceptos concordantes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, la Junta de Gobierno Local es un órgano necesario en todos los Ayuntamientos de municipios que, como Morata de Tajuña, tengan una población superior a 5.000 habitantes, y estará integrada por el alcalde, que la preside, y un número de concejales que no excedan de un tercio del número legal de miembros de la Corporación, que serán nombrados y separados libremente por aquel, dando cuenta al Pleno, resuelvo:

Primero.—Modificar la constitución de la Junta de Gobierno Local, órgano colegiado municipal de carácter resolutorio, que quedará integrada por los miembros siguientes:

— Presidente: El alcalde, don Ángel Marcelo Sánchez Sacristán.

— Vocales:

• Don David Loriente Ortiz.

• Don David Velilla Franco.

• Doña Alicia Pérez Puertas.

• Don José Fernández Piqueras.

Segundo.—Mantener sin cambios el régimen de delegación de competencias y régimen de sesiones, y de organización y funcionamiento aprobado por resolución 0447/2015.

Tercero.—La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, tendrán efectos desde el día siguiente al de la adopción del presente acuerdo, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Ayuntamiento, y tendrá carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de la Alcaldía de avocación de todas o algunas de las atribuciones delegadas en la Junta de Gobierno.

Cuarto.—Dar cuenta al Pleno de esta resolución en la primera sesión que convoque para dar cumplimiento a lo previsto por el artículo 38 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Quinto.—Comunicar esta resolución a todos los concejales afectados y a los diferentes servicios municipales, para su conocimiento y efectos.

Morata de Tajuña, a 2 de febrero de 2017.—El alcalde, Ángel M. Sánchez Sacristán.

(03/3.997/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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