Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
15-02-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170215-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

109
Madrid número 27. Procedimiento ordinario 253 de 2016, notificación a Inser Servicios a Comunidades, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ELISA CORDERO DIEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 27 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 253/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JAVIER SANCHEZ ISIDRO frente a INSER SERVICIOS A COMUNIDADES SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución :

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 2.870,84 euros de principal; 143,54 euros de intereses y 287,08 euros calculados para costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado INSER SERVICIOS A COMUNIDADES SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Procédase a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y una vez firme hágase entrega de Testimonio de la misma. Asimismo, expídase testimonio de la Sentencia recaída en el presente procedimiento y Auto despachando ejecución a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, procediendo posteriormente al archivo de las presentes actuaciones.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a INSER SERVICIOS A COMUNIDADES SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a veinte de enero de dos mil diecisiete .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/2.598/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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