Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
15-02-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170215-107

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

107
Madrid número 27. Ejecución 231 de 2016, notificación a Centro de Recuperación Muscular, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ELISA CORDERO DIEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 27 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 231/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JONATHAN LINARES DELGADO, D./Dña. JOSE LUIS ALONSO SAEZ y D./Dña. PAULINO ARNES CASTILLA frente a CENTRO DE RECUPERACION MUSCULAR SL y MELIA HOTELS INTERNATIONAL SA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución :

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 64.067,11 de principal; 3.203,16 de intereses y 6.406,71 euros calculados para costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado CENTRO DE RECUPERACION MUSCULAR SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Procédase a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y una vez firme hágase entrega de Testimonio de la misma. Asimismo, expídase testimonio de la Sentencia recaída en el presente procedimiento y Auto despachando ejecución a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, procediendo posteriormente al archivo de las presentes actuaciones.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CENTRO DE RECUPERACION MUSCULAR SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

En Madrid , a veinte de enero de dos mil diecisiete .

LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/2.551/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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