Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
11-02-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170211-6

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

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Madrid número 5. Procedimiento 505 de 2015, notificación a Alral, S. A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LUIS MIGUEL NIETO GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 05 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 505/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de ASEPEYO MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 151 frente a D./Dña. SANTIAGO FERNANDEZ GUDIEL, ALRAL SA, INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL sobre Seguridad social se ha dictado la siguiente resolución :

SENTENCIA NUMERO 11/17

EN NOMBRE DEL REY

En Madrid a doce de enero de dos mil diecisiete

VISTOS por la Ilustrísima Sra. DOÑA ANGELA MOSTAJO VEIGA, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 5 de los de Madrid los presentes autos sobre SEGURIDAD SOCIAL siendo partes en los mismos, de una como demandante ASEPEYO MUTUA COLABORADORA DE LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 151 representada por el Letrado D. José Luis Puig Gómez de la Bárcena y de otra, como demandada el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL representadas por el Letrado D. Jesús Gutiérrez; D. SANTIAGO FERNANDEZ GUDIEL y ALRAL SA que no comparecen.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por ASEPEYO MUTUA COLABORADORA DE LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 151 contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, D. SANTIAGO FERNANDEZ GUDIEL y ALRAL SA debo condenar a ALRAL SA a que abone a la parte actora la suma de 577,16 €, con responsabilidad subsidiaria del INSS para el caso de insolvencia empresarial y absolviendo a D. SANTIAGO FERNANDEZ GUDIEL de sus pedimentos.

Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe recurso.

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia en el día de su fecha por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez DOÑA ANGELA MOSTAJO VEIGA que la suscribe, en la Sala de Audiencias de este Juzgado. Doy fe.

DILIGENCIA.- Seguidamente se notifica la anterior resolución a las partes, por medio del Correo Certificado con acuse de recibo, conteniendo los sobres remitidos copia de la Sentencia dictada y Cédula de notificación. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ALRAL SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a doce de enero de dos mil diecisiete .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/2.426/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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