Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 35

Fecha del Boletín 
10-02-2017

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170210-36

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Agencia para el Empleo de Madrid

36
Madrid. Régimen económico. Agencia para el Empleo de Madrid. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la resolución de 18 de enero de 2017, de la gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para proyectos de integración sociolaboral, emprendimiento social y fomento del cooperativismo en el ámbito del Fondo de Reequilibrio Territorial.

BDNS (Identif.): 331296

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de integración sociolaboral, emprendimiento social y fomento del cooperativismo en aquellos distritos en los que se centra la actividad del Fondo de Reequilibrio Territorial, en particular, en los siguientes cinco Distritos de actuación: Puente de Vallecas, Villa de Vallecas, Usera, Latina y Carabanchel.

Segundo. Objeto.—El objeto de la convocatoria es el diseño, planificación y realización de proyectos de integración sociolaboral, emprendimiento social y fomento del cooperativismo en el ámbito del Fondo de Reequilibrio Territorial destinados a personas inactivas o desempleadas, especialmente a aquellas pertenecientes a colectivos con especiales dificultades de inserción que desarrollen acciones, actividades y metodologías específicas para promover y crear empleo, así como que produzcan un cambio social o medioambiental significativo.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, publicada en www.madrid.es

Cuarto. Cuantía.—El crédito destinado a esta convocatoria asciende a 1.488.000 euros.

En particular, se destinarán las siguientes cantidades por Distrito de actuación:

— Usera: 500.000 euros.

— Latina: 447.000 euros.

— Carabanchel: 227.000 euros.

— Puente de Vallecas: 189.000 euros.

— Villa de Vallecas: 125.000 euros.

El importe máximo a percibir será de 100.000 euros por proyecto subvencionado, salvo para el Distrito de Usera, que solo cabrá presentar proyectos para el fomento del cooperativismo y estableciéndose para este Distrito una cantidad a percibir de hasta 490.000 euros por proyecto subvencionado.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—Se valorarán únicamente aquellos proyectos en los que participen un mínimo de 30 personas desempleadas. Las solicitudes ordenadas según su puntuación y distrito de actuación percibirán la cuantía subvencionada fijada hasta agotar el crédito disponible en la convocatoria.

Madrid, a 18 de enero de 2017.—La gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, Belén García Díaz.

(03/4.099/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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