Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 34

Fecha del Boletín 
09-02-2017

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170209-216

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 8

216
Málaga número 8. Procedimiento 245 de 2015, notificación a Falcon Contratas y Seguridad, S. A., y Prosegur España, S. L.

EDICTO

Doña María Rosario Serrano Lorca, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 8 de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 245 de 2015, a instancias de la parte actora, don Andrés Sánchez Podadera, don Rafael Ferrando Salvador y don Francisco Javier Santamaría Peláez, contra “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, “Prosegur España, Sociedad Limitada”, y FOGASA, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado auto de fecha 19 de diciembre de 2016, siendo la parte dispositiva del tenor literal siguiente:

1. Aclarar la sentencia número 337 de 2016, de fecha 1 de diciembre, en los siguientes términos: la sentencia es de fecha de 1 de diciembre de 2016.

Asimismo, se procede a aclarar la numeración de los puntos del fallo en el sentido siguiente:

1. Tener por desistida a la parte actora de su acción frente a “Prosegur España, Sociedad Limitada”.

2. Estimar la demanda sobre reclamación de cantidad interpuesta por don Andrés Sánchez Podadera, don Francisco Javier Santamaría Peláez y don Rafael Ferrando Salvador contra “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, habiendo sido llamado a juicio el FOGASA.

3. Condenar a “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, a que abone a: don Andrés Sánchez Podadera, por los conceptos ya expresados, la cantidad de 5.911,40 euros, más la cantidad de 591,14 euros en concepto de mora, lo que hace un total de 6.502,54 euros; don Francisco Javier Santamaría Peláez, por los conceptos ya expresados, la cantidad de 3.101,63 euros, más la cantidad de 310,16 euros en concepto de mora, lo que hace un total de 3.411,79 euros; don Rafael Ferrando Salvador, por los conceptos ya expresados, la cantidad de 5.358,66 euros, más la cantidad de 535,86 euros en concepto de mora, lo que hace un total de 5.894,52 euros.

Más los intereses legales del artículo 576.2 LEC desde la fecha de la presente hasta la del pago Ley Enjuiciamiento Civil.

2. Incorporar esta resolución al libro que corresponda y llevar testimonio a los autos.

Y para que sirva de notificación al demandado Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, y Prosegur España, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 21 de diciembre de 2016.—La Letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/2.210/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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