Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 34

Fecha del Boletín 
09-02-2017

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170209-43

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

43
Alcalá de Henares. Organización y funcionamiento. Mapa estratégico de ruido

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 30 de diciembre de 2016, acuerda, por unanimidad de sus miembros, aprobar la propuesta presentada por el concejal-delegado de Medio Ambiente y Movilidad para desestimar la única alegación formulada en el trámite de información pública de aprobación inicial del Mapa Estratégico del Ruido de Alcalá de Henares, así como aprobación definitiva del citado mapa estratégico.

Visto el informe emitido por el ingeniero técnico industrial y por la técnico de la Concejalía de Medio Ambiente de fecha 20 de diciembre de 2016 y que a continuación se transcribe:

“ASUNTO: APROBACIÓN DEFINITIVA MAPA ESTRATÉGICO DE RUIDO DE ALCALÁ DE HENARES.

En relación al asunto de referencia, se ponen de manifiesto las siguientes consideraciones:

Primero.—Que la Junta de Gobierno, en sesiones celebradas con fechas 7 y 21 de octubre de 2016, acordó la aprobación inicial del Mapa Estratégico del Ruido de Alcalá de Henares, así como someter a información pública la documentación relativa al mencionado mapa estratégico, anunciándose la apertura de dicho plazo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 7 de noviembre de 2016, en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web municipal.

Segundo.—Que durante el período de información pública (del 8 de noviembre de 2016 al 9 de diciembre de 2016) se ha presentado escrito por D. U. B. M., como presidente de la Plataforma Vecinal calles Portilla, ronda de Pescadería y adyacentes, con entrada en el Registro General Municipal en fecha 2 de diciembre de 2016, por el que se formula alegación al Mapa Estratégico del Ruido de Alcalá de Henares.

Tercero.—La alegación indicada en el apartado anterior hace referencia a la necesidad de contemplar un mapa estratégico de ruido nocturno generado en torno a los bares de copas, para las calles que abarca el área para las que fue constituida la referida Plataforma Vecinal, para las calles del Distrito I y para todas las de la ciudad en general.

Cuarto.—A este respecto, hay que indicar que el Mapa Estratégico del Ruido de Alcalá de Henares responde a los requisitos para el cartografiado estratégico de ruido establecido en el anexo IV del Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, de Ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental.

De acuerdo con el referido Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, los mapas estratégicos de ruidos para aglomeraciones (zonas urbanizadas de más de 100.000 habitantes) se centrarán en el ruido producido por las infraestructuras (tráfico rodado, ferroviario y aéreo) y la actividad industrial, incluidos los puertos, tanto en el período diurno como el vespertino y el nocturno, definiéndose las metodologías específicas para el estudio de cada fuente.

Esto es debido a que estos mapas deben representar los niveles sonoros a escala territorial producidos por fuentes de ruido fijas y parametrizables, con su emisión evaluada a largo plazo. Es por ello que el Mapa Estratégico del Ruido de la Aglomeración de Alcalá de Henares, en su versión de 2016, no ha contemplado las actividades de ocio nocturno.

Sin embargo, atendidas las peticiones vecinales, en la revisión del Mapa Estratégico del Ruido de 2017, así como en el Plan de Acción que debe redactarse para abordar la solución a los problemas en él detectados, sí se incluirá por primera vez la delimitación y evaluación del ruido de ocio en estas zonas, incluidas las que son motivo de la queja del alegante, mediante mapas de ruido que no serán estratégicos, pero que permitirán caracterizar el problema y apuntar las soluciones.

En base a lo anterior, atendida la normativa vigente de aplicación en la materia y el resultado de la información pública, se entiende procedente que por la Junta de Gobierno Local se proceda a la desestimación de la única alegación presentada con las consideraciones que han quedado indicadas anteriormente, y a la aprobación definitiva del Mapa Estratégico de Ruidos de Alcalá de Henares.

Asimismo se deberá dar traslado del acuerdo que en su caso se adopte a la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid y al Ministerio de Agricultura, Pesca, Medio Ambiente y Alimentación para su conocimiento”.

Alcalá de Henares, a 23 de enero de 2017.—La técnico de la Concejalía de Medio Ambiente, Montserrat de Miguel Sánchez.

(03/3.210/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170209-43