Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 34

Fecha del Boletín 
09-02-2017

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170209-44

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

URBANISMO

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Alcalá de Henares. Urbanismo. Proyecto Urbanización

La Junta de Gobierno Local de esta ciudad, en sesión celebrada el 11 de noviembre de 2016, adoptó acuerdo en relación a la aprobación definitiva de la adaptación de detalle al Proyecto de Urbanización de la UE 28 del Plan General de Ordenación Urbana, que dice lo que sigue:

“La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, aprobar la propuesta presentada y, en consecuencia:

Primero.—La aprobación definitiva de la adaptación de detalle al Proyecto de Urbanización de la UE número 28 del Plan General de Ordenación Urbana, quedando la misma incorporada a dicho proyecto, y en cuya ejecución deberán tenerse en cuenta las condiciones del Proyecto de Urbanización aprobado el 2 de agosto de 2011.

Segundo.—Dejar sin efecto la anterior adaptación de detalle aprobada por la Junta de Gobierno Local de fecha 6 de octubre de 2014.

Tercero.—El presente acuerdo deberá ser publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo, Área Jurídica de Urbanismo, a los efectos oportunos”.

Frente al presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá usted interponer recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid que corresponda, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación del presente acuerdo.

En el supuesto de que interponga el recurso potestativo de reposición, este se entenderá desestimado de no ser resuelto expresamente por este Ayuntamiento en el plazo de un mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativa ante el Juzgado antes citado por el plazo de seis meses, contado a partir del día siguiente al de terminación del plazo para resolver expresamente. Si dicho recurso potestativo de reposición fuera expresamente resuelto por este Ayuntamiento, el plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo será de dos meses, contados a partir del día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición.

Todo ello según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de que usted considere ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime pertinente.

Alcalá de Henares, a 25 de noviembre de 2016.—La directora del Área Jurídica de Urbanismo, por delegación del secretario titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local de fecha 12 de septiembre de 2012, Julia María Sánchez.

(02/43.177/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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