Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 34

Fecha del Boletín 
09-02-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170209-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 98

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Madrid número 98. Procedimiento 1.022 de 2014, notificación a Consejo y Salud On Line, S. L.

EDICTO

En virtud de lo acordado en los autos de procedimiento ordinario número 1.022 de 2014, por no ser conocido el domicilio de “Salud Segura, Sociedad Limitada”, por resolución de 15 de septiembre de 2016, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de 15 de septiembre de 2016, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que, estimo íntegramente la demanda interpuesta por “Salud Segura, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora señora Azorín-Albiñana López, contra “Consejo y Salud On Line, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a la parte demandada a pagar a la parte actora la suma de 14.298,20 euros, más el interés pactado determinado en el fundamento jurídico segundo de esta resolución, y todo ello con condena en costas de la parte demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 5060-0000-04-1022-14 de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55-0049-3569-9200-0500-1274, indicando en el campo “beneficiario”, Juzgado de primera instancia número 98 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto”, se consignarán los siguiente dígitos 5060-0000-04-1022-14.

Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. La cuantía de la misma para el recurso de apelación está fijada en 800 euros.

Así, por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez.

Y para que sirva de notificación a “Consejo de Salud On Line, Sociedad Limitada”, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 15 de septiembre de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/3.011/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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