Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 33

Fecha del Boletín 
08-02-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170208-139

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

139
Madrid número 26. Ejecución 279 de 2016, notificación a Alumcri, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LUCÍA BELTRÁN FERNÁNDEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 26 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 279/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JESUS TIRADO RAMIREZ, D./Dña. LUCIA PALACIOS MANCEBO, D./Dña. MARIA PURIFICACION MORENO GARCIA, D./Dña. MATIAS TORRES CASTAÑO y D./Dña. VICTOR GARCIA MUÑOZ frente a ALUMCRI SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de auto a favor de la parte ejecutante, D./Dña. LUCIA PALACIOS MANCEBO, D./Dña. MATIAS TORRES CASTAÑO, D./Dña. VICTOR GARCIA MUÑOZ, D./Dña. MARIA PURIFICACION MORENO GARCIA y D./Dña. JESUS TIRADO RAMIREZ , frente a la demandada ALUMCRI SL, parte ejecutada, por un principal de 192.569,22 Euros y 9.628,46 y 19.256,92 Euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ALUMCRI SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a doce de enero de dos mil diecisiete .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/2.160/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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