Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 32

Fecha del Boletín 
07-02-2017

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170207-176

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

176
Madrid número 37. Ejecución 248 de 2015, notificación a Groupvision Distribution Services-sistema Integrado de Distribución Ibérica, S. L. y otras

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA TERESA ESTRADA BARRANCO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 37 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 248/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FRANCISCO JAVIER PRIETO CUEVAS frente a GROUPVISION CONSULTING-TECNOLOGIAS PARA COLABORACION, SL, GROUPVISION DISTRIBUTION SERVICES-SISTEMA INTEGRADO DE DISTRIBUCION IBERICA SL y WORKSCREEN SISTEMAS INTEGRADOS PARA LA COLABORACION SL sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral se ha dictado la siguiente resolución :

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de acta de conciliación a favor de la parte ejecutante, D./Dña. FRANCISCO JAVIER PRIETO CUEVAS , frente a la demandada GROUPVISION DISTRIBUTION SERVICES-SISTEMA INTEGRADO DE DISTRIBUCION IBERICA SL y WORKSCREEN SISTEMAS INTEGRADOS PARA LA COLABORACION SL parte ejecutada, por un principal de 12537,50 euros más 2507,50 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

En relación con la mercantil GROUPVISION CONSULTING-TECNOLOGIAS PARA LA COLABORACIÓN, no ha lugar al despacho de ejecución al encontrarse en situación de Declaración de Concurso de Acreedores por el Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Madrid autos 246/14.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2810-0000-64-0248-15.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

D./Dña. MARIA JOSE GARCIA CASTAÑO.

EL MAGISTRADO-JUEZ

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. .Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GROUPVISION DISTRIBUTION SERVICES-SISTEMA INTEGRADO DE DISTRIBUCION IBERICA SL, GROUPVISION CONSULTING-TECNOLOGIAS PARA COLABORACION, SL y WORKSCREEN SISTEMAS INTEGRADOS PARA LA COLABORACION SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a veintidós de enero de dos mil dieciséis .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/1.375/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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