Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
01-02-2017

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170201-77

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 2

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Fuenlabrada número 2. Procedimiento 1.637 de 2014, notificación a Madrid Sur Express, S. L.

EDICTO

Juzgado de primera instancia número 2 de Fuenlabrada.

Juicio: juicio verbal (250.2) número 1.637 de 2014.

Demandante: “Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima”.

Procuradora: doña Cayetana de Zulueta Luchsinger.

Demandada: “Madrid Sur Express, Sociedad Limitada”.

En el referido juicio se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

Sentencia número 109 de 2016

Magistrada-juez: doña Marina Ruiz Gómez.

Lugar: Fuenlabrada.

Fecha: 15 de marzo de 2016.

Antecedentes de hecho:

Primero.—La procuradora señora De Zulueta Luchsinger, en nombre de “Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima”, interpuso demanda frente a “Madrid Sur Express, Sociedad Limitada” solicitando que, previos los trámites legales oportunos, se dictara sentencia por la que estimando íntegramente la demanda se condenara a la demandada a abonar a la demandante la cantidad de 3.953,92 euros más los intereses que correspondan, así como al pago de las costas del procedimiento.

Segundo.—Admitida a trámite, se citó a las partes para la vista, que se celebró con el resultado que consta en las actuaciones. Dada la incomparecencia de “Madrid Sur Express, Sociedad Limitada”, fue declarada en situación de rebeldía procesal.

Tercero.—En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales en vigor.

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por la procuradora señora De Zulueta Luchsinger, en nombre de “Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima” frente a “Madrid Sur Express, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la demandante la cantidad de 3.953,92 euros más intereses legales.

Se condena en costas a la demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta 2374-0000-00-1637-14 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 2 de Fuenlabrada, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2374-0000-00-1637-14.

Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez (firmado).

Publicación

En la fecha 16 de marzo de 2016 fue leída y publicada la anterior resolución por la ilustrísima señora magistrada que la dictó, celebrando audiencia pública.—Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Madrid Sur Express, Sociedad Limitada” y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra el presente auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que proceden contra, en su caso, la resolución originaria que ya quedaron indicados al ser notificados (artículo 267.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

Los plazos para los recursos a que se refiere el anterior apartado se interrumpen, en su caso, por la solicitud y en todo caso comienzan a computarse desde el día siguiente a la publicación de este edicto (artículo 267.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Fuenlabrada, a 3 de noviembre de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/1.869/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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