Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
01-02-2017

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170201-135

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

135
Madrid número 38. Ejecución 6 de 2015, notificación a Hierro y Albero, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. BARTOLOME VENTURA MOLINA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 38 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 6/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ROSA MARIA MORALES INFANTES frente a HIERRO Y ALBERO SL sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral se ha dictado la siguiente resolución :

DILIGENCIA.- En Madrid a siete de noviembre de dos mil dieciséis.

La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar que han culminado las actuaciones ordenadas en averiguación de bienes de la ejecutada quedando pendiente de satisfacer cantidades.- Doy fe.

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. BARTOLOME VENTURA MOLINA

En Madrid, a siete de noviembre de dos mil dieciséis

Quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 4.071,21 euros de principal y 1.414,24 euros de intereses y costas provisionalmente presupuestadas, sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada y habiéndose recibido oficio del juzgado de lo social nº 2 de Madrid poniendo en conocimiento de este juzgado que en el procedimiento que se tramita en el mismo con el nº de Ejecución 176/2013 seguido contra la misma empresa apremiada no existe sobrante, procédase a dictar insolvencia y antes de ello, conforme a lo previsto en el Art. 276 de L.J.S, dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que el término de Quince días inste la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designe bienes del deudor que le consten.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 4.071,21 euros de principal; mas 1.414,24 euros de intereses y costas provisionales, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado HIERRO Y ALBERO SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase entrega de los oportunos testimonios a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2708-0000-64-0006-15.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a HIERRO Y ALBERO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintidós de diciembre de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/802/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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