Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 26

Fecha del Boletín 
31-01-2017

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170131-64

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 5

64
Alcalá de Henares número 5. Procedimiento 1.169 de 2014, notificación a Edificios Logísticos, S. L.

EDICTO

Don Efrain Fernández Martínez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 5 de Alcalá de Henares.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.169 de 2014 instados por procuradora doña María Teresa Higueras Carranza en nombre y representación de “Supersol Spain, Sociedad Limitada”, contra “Edificios Logísticos, Sociedad Limitada”, en los que se ha dictado en fecha 7 de noviembre de 2016, sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 249

En Alcalá de Henares, a 7 de noviembre de 2016.—Vistos por doña María Isabel Maroto, juez en sustitución del Juzgado de primera instancia número 5 de esta ciudad y su partido judicial, los autos de juicio ordinario, registrados con el número 1.169 de 2014, promovidos por “Supersol Spain, Sociedad Limitada Unipersonal”, representada por la procuradora de los Tribunales doña Mónica Teresa Higueras Carranza y asistida de letrada doña Cristina Sacristán Rubio, contra “Edificios Logísticos, Sociedad Limitada”, en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad y atendiendo a los siguientes:

Fallo

Que, estimando íntegramente como estimo la demanda interpuesta por “Supersol Spain, Sociedad Limitada Unipersonal”, representada por la procuradora de los Tribunales doña Mónica Teresa Higueras Carranza, contra “Edificios Logísticos, Sociedad Limitada”, en situación de rebeldía procesal debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 16.318,31 euros, más los intereses legales y las costas del procedimiento.

Notifíquese a las partes esta sentencia, contra la que podrán preparar recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación con arreglo a lo prevenido en el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000.

Dispongo que se lleve esta sentencia al libro de sentencias de este Juzgado, dejando certificación del mismo en las actuaciones y que se tome oportuna nota en los libros-registro.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Edificios Logísticos, Sociedad Limitada” y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto complemento de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la Secretaría de este Tribunal.

En Alcalá de Henares, a 7 de noviembre de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/1.818/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170131-64