Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 26

Fecha del Boletín 
31-01-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170131-59

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 7

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Madrid número 7. Procedimiento 270 de 2012, notificación a Joman Obras, S. L.

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 270 de 2012, entre “Bankimobiliario, Sociedad Limitada”, don Ángel Sánchez Martín, don Tomás Vigara González y “Joman Obras, Sociedad Limitada”, en reclamación de las deficiencias constructivas relativas a la zona de acceso y de aparcamiento, así como en la zona de la terraza posterior de las viviendas sitas en la calle Fuentecillas, números 23 y 25 en los términos que se incluyen en la sentencia dictada en fecha 2 de junio de 2016, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 126 de 2016

Magistrado-juez de primera instancia, don Lorenzo Valero Baquedano.—En Madrid, a 2 de junio de 2016.

Fallo

Que estimando la demanda de juicio ordinario interpuesta por el procurador don Guillermo San Miguel Hoover, en nombre y representación de “Bankinmobiliario, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la responsabilidad de los demandados don Ángel Sánchez Martín, don Tomás Vigara González y la mercantil “Joman Obras, Sociedad Limitada”, por las deficiencias constructivas que se detallan en informe pericial de fecha 15 de abril de 2011 emitido por el arquitecto técnico don Jaime Matesanz Bernabé, y en su virtud, debo condenar y condeno a los expresados demandados solidariamente a la subsanación de dichas deficiencias de construcción, según propuesta de reparación contenida en el informe pericial relativa a la zona de acceso y de aparcamiento, así como de la zona de la terraza posterior de las viviendas sitas en la calle Fuentecillas, número 23 y 25, con cuantos requisitos materiales y administrativos fueran precisos, verificándose la ejecución, en su defecto, a su costa.

Se imponen las costas procesales causadas a los demandados.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2435-0000-04-0270-12 de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de primera instancia número 7 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2435-0000-04-0270-12.

Asimismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado “Joman Obras, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 12 de enero de 2017.—El secretario judicial (firmado).

(02/1.709/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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