Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 25

Fecha del Boletín 
30-01-2017

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170130-26

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COSLADA

URBANISMO

26
Coslada. Urbanismo. Proyecto reparcelación

Advertido error material y omisión de recursos, en el anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 314, de 30 de diciembre de 2016, página 188 (número de inserción 02/43.043/16), relativo a la resolución de alegación y aprobación definitiva del proyecto de reparcelación del ámbito correspondiente al Plan Especial de Mejora Urbana de la Manzana comprendida entre la avenida de Fuentemar, calle Rioja, avenida José Garate y avenida de la Constitución, se procede a su corrección, con esta nueva publicación del acuerdo:

La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 1 de diciembre de 2016, resolvió alegación presentada sobre rectificación de error en datos registrales FR. 29.006 y aprobó definitivamente el Proyecto de Reparcelación del ámbito correspondiente al Plan Especial de Mejora Urbana de la Manzana comprendida entre la avenida de Fuentemar, calle Rioja, avenida José Gárate y avenida de la Constitución, promovido por la Comisión Gestora del Ámbito del Plan Especial de la calle Rioja.

Lo que se hace público para general conocimiento, de acuerdo con lo previsto en los artículos 40, 112 y siguientes y 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se comunica que la resolución transcrita pone fin a la vía administrativa y que frente a ella puede interponer alternativamente:

a) Recurso de reposición ante el órgano municipal que dictó la resolución, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que haya recaído resolución podrá entenderlo desestimado.

b) Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, computados del modo antes indicado o, si ha presentado recurso de reposición, desde que este se resuelva expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

No obstante, podrá utilizar, asimismo, cualquier otro recurso que estime pertinente.

Coslada, a 19 de enero de 2017.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.

(02/2.289/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170130-26