Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
27-01-2017

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170127-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX

RÉGIMEN ECONÓMICO

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San Agustín del Guadalix. Régimen económico. Precio público anuncios en revista

En sesión celebrada con fecha 15 de diciembre de 2016, Ayuntamiento en Pleno, adoptó acuerdo de aprobación de modificación del precio público por anuncios en la revista municipal en el siguiente sentido:

Anexo 3 de la ordenanza.

1. Revista municipal, programa de fiestas y otras publicaciones:



Condiciones generales:

(…)

3. Se establecen bonificaciones sobre tarifas del 10, 15 y 20 por 100 en aquellos contratos con un mismo anunciante que contemplen la inserción de anuncios del mismo formato en más de un número de la revista municipal. A estos efectos, las bonificaciones se concederán de acuerdo con los siguientes tramos:

— Inserciones realizadas en tres o cuatro números de la revista: 10 por 100.

— Inserciones realizadas en cinco o seis números de la revista: 15 por 100.

— Inserciones realizadas en siete o más números de la revista: 20 por 100.

A estos efectos, se entenderá por mismo anunciante todas aquellas entidades con el mismo número de identificación fiscal, y por mismo formato el que corresponda de acuerdo con el apartado “Descripción” del cuadro de tarifas anterior.

Para tener derecho a las bonificaciones señaladas, el anunciante debe presentar previamente un escrito en el Registro General del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix destinado a la Concejalía de Comunicación o en su defecto a Alcaldía, en el que detalle las características del anuncio a publicar indicadas en el presente acuerdo, así como el número de revistas en las que se debe realizar la inserción, así como abonar la totalidad de los anuncios. En el caso de que el anunciante retire la publicación antes de dar cumplimiento al compromiso presentado, por parte del Ayuntamiento se emitirá liquidación complementaria por el importe de las bonificaciones de las que el anunciante se ha beneficiado indebidamente.

Segundo.—Exponer este precio a información pública y audiencia a los interesados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Dicho acuerdo se expone al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento de forma previa a la publicación de los anuncios en la revista para que puedan presentarse reclamaciones y sugerencias que, de producirse, deberán ser resueltas por el Pleno del Ayuntamiento. De no producirse estas, el precio público se considerará definitivamente aprobado.

San Agustín del Guadalix, a 16 de enero de 2017.—El alcalde, Juan Francisco Figueroa Collado.

(03/1.442/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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