Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
20-01-2017

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170120-34

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

RÉGIMEN ECONÓMICO

34
Arganda del Rey. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la resolución de 12 de enero de 2017, del concejal-delegado de Bienestar Social, Mayores, Infancia y Juventud, por la que se convocan ayudas para la ampliación de servicios educativos y la promoción cultural.

BDNS (Identif.): 329149

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Personas físicas pertenecientes a familias empadronadas en Arganda del Rey, en calidad de progenitor/a tutor/a de alumnos, o los propios alumnos en caso de ser mayor de edad, que estén matriculados durante el curso escolar 2016-2017 en alguno de los estudios previstos en la convocatoria.

Segundo. Objeto.—Ayudas para colaborar con los gastos derivados de la educación del alumnado.

Tercero. Bases reguladoras.—Programa municipal de ayudas para la ampliación de servicios educativos y la promoción cultural del alumnado de Arganda del Rey.

https://sedeelectronica.ayto-arganda.es/portalArganda/sede/RecursosWeb/DOCU MENTOS/1/0_19685_1.pdf

Cuarto. Cuantía.—Importe total de la convocatoria 15.000 euros. Número máximo de beneficiarios 1.500.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Del 23 de enero al 7 de febrero de 2017.

Arganda del Rey, a 12 de enero de 2017.—El concejal-delegado de Bienestar Social, Mayores, Infancia y Juventud, Francisco Javier Rodríguez Gallego.

(03/1.354/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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