Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 15

Fecha del Boletín 
18-01-2017

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170118-128

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2

128
Guadalajara número 2. Ejecución 100 de 2016, notificación a don Roberto Alonso Escribano y don Francisco Javier Montoya Rivera

EDICTO

D.ª MARÍA PILAR BUELGA ALVAREZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n° 002 de GUADALAJARA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 100/2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Da MANUEL DE PEDRO OBISPO contra la empresa ROBERTO ALONSO ESCRIBANO Y FRANCISCO JAVIER MONTOYA RIVERA, sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

“PARTE DISPOSITIVA

SE DECLARA:

Extinguida la relación laboral entre la parte ejecutante, D. MANUEL DE PEDRO OBISPO, y la parte ejecutada FRANCISCO JAVIER MONTOYA RIVERA y ROBERTO ALONSO ESCRIBANO con efectos de esta resolución, 9 de diciembre de 2016.

Se condena a FRANCISCO JAVIER MONTOYA RIVERA y ROBERTO ALONSO ESCRIBANO a satisfacer al ejecutante, una indemnización de 33 días por año (conforme al Real Decreto 3/2012 de 10 de febrero, Disposición Transitoria Quinta), prorrateándose, los períodos inferiores a una anualidad, computándose como tiempo de servicio el transcurrido hasta la fecha de esta resolución, que supone el importe de 1.457,03 euros.

-Se condena a la empresa a abonar al demandante en concepto de salarios de tramitación 7.367,16 euros.

MODO IMPUGNACION.- Mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JUZGADO DE LO SOCIAL N. 2 abierta en BANCO SANTANDER SA, cuenta n° 2178 0000 64 0100 16, debiendo indicar en el concepto “Recurso” seguida del código “30 Social-Reposición. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separador por un espacio, el “código 30 Social-Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerda y firma SSa. Doy fe.”

Y para que sirva de notificación en legal forma a ROBERTO ALONSO ESCRIBANO y FRANCISCO JAVIER MONTOYA RIVERA, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara, a nueve de diciembre de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/252/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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