Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 9

Fecha del Boletín 
11-01-2017

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170111-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

110
Madrid número 20. Ejecución 120 de 2016, notificación a don José Miguel Moreno Manzano Aragonés

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Que en el procedimiento ordinario de autos número 120 de 2016, de este Juzgado, seguido a instancias de doña Sabina Romero Lombardo, frente a don José Miguel Moreno Manzanaro Aragonés, sobre reclamación de cantidad se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 12 de diciembre de 2016.

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 13.960,71 euros de principal, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado don José Miguel Manzanaro Aragonés, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución y una vez firme, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2518/0000/64/0120/16.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia, Almudena Ortiz Martín.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

En Madrid.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/44.333/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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