Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 9

Fecha del Boletín 
11-01-2017

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170111-57

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

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Madrid. Sección Duodécima. Recurso 618 de 2016, notificación a don Patricio Muñoz Puga

Sección Duodécima

EDICTO

Doña Carmen Pérez Rodríguez, letrada de la Administración de Justicia de la Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid.

Hace saber: Que en el recurso de apelación número 618 de 2016, seguido ante esta Sección ha recaído resolución en fecha 30 de noviembre de 2016, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 448 de 2016

Ilustrísimos magistrados: don José Luis Díaz Roldán, don José María Torres Fernández de Sevilla, don Fernando Herrero de Egaña y don Octavio de Toledo.—En Madrid, a 30 de noviembre de 2016.

Vistos en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial, integrada por los magistrados anteriormente indicados, los autos de procedimiento ordinario número 1.016 de 2014, procedentes del Juzgado de primera instancia número 40 de Madrid, a los que ha correspondido el rollo número 618 de 2016, en los que aparecen como parte apelante don Jorge Vinicio Muñoz Chillogallo, representado por la procuradora doña María del Pilar Vega Valdesueiro; y como apelada, “Banque PSA Finance” (sucursal en España), representada por el procurador don Antonio García Martínez, y don Marco Patricio Muñoz Puga, incomparecido en esta alzada. Es magistrado ponente el ilustrísimo señor don José Luis Díaz Roldán, que expresa el parecer de la Sala.

Fallamos

Debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de don Jorge Vinicio Muñoz Chillogallo contra la sentencia dictada por el Juzgado de primera instancia número 40 de Madrid, número 73 de 2016, de 22 de febrero, y, en consecuencia, confirmamos la expresada resolución en su integridad. Se imponen a la parte apelante las costas devengadas en esta alzada.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación y, en su caso, de infracción procesal, conforme a lo dispuesto en el artículo 477.2.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el cual habrá de ser interpuesto por escrito a presentar en el plazo de veinte días ante este mismo tribunal, previa constitución del depósito para recurrir previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la “Cuenta de depósitos y consignaciones”, abierta en el “Banco Santander” número 2579/0000/00/0618/16, bajo apercibimiento de no admitir a trámite el recurso formulado.

Así por esta sentencia lo mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación en forma al apelado rebelde don Patricio Muñoz Puga, cuyo domicilio se ignora y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este tribunal, expido y firmo el presente en Madrid, a 7 de diciembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/44.459/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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