Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 7

Fecha del Boletín 
09-01-2017

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170109-68

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CIEMPOZUELOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

68
Ciempozuelos. Régimen económico. Ordenanza tasa cementerios

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada en día 22 de diciembre de 2016, aprobó provisionalmente la modificación de la actual ordenanza fiscal reguladora de la tasa de cementerios y servicios funerarios, que dice lo siguiente:

Vista la actual ordenanza fiscal reguladora de la tasa de cementerios y servicios funerarios, cuyo artículo 7 establece la cuota tributaria de los distintos servicios constitutivos de la base imponible de la citada ordenanza, se acuerda:

Aprobar provisionalmente la modificación del artículo 7 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa de cementerios y servicios funerarios. La modificación consistiría en la subsanación de la omisión y del error material detectados según lo indicado anteriormente.

Someter el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones se considerará aprobado definitivamente el acuerdo, y entrará en vigor desde el día siguiente a su publicación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Ciempozuelos, a 23 de diciembre de 2016.—La alcaldesa-presidenta, María Jesús Alonso Lazareno.

(03/45.290/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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