Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 7

Fecha del Boletín 
09-01-2017

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170109-57

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Pleno del Ayuntamiento

Secretaría General

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Madrid. Organización y funcionamiento. Pleno del Ayuntamiento. Reglamento Orgánico del Pleno

Acuerdo del Pleno, de 23 de diciembre de 2016, por el que se aprueba la modificación del Reglamento Orgánico del Pleno para que pueda contemplar la asistencia a distancia de las/los concejalas/es a las sesiones del Pleno y emisión del voto, introduciendo un nuevo apartado 5 en el artículo 70 del mismo.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión (34/2016), ordinaria celebrada el día 23 de diciembre de 2016, adoptó el siguiente acuerdo:

“Modificar el Reglamento Orgánico del Pleno para que el mismo pueda contemplar, en el sentido de permitir, la asistencia a distancia de las/los concejalas/es a las sesiones plenarias, no física, mediante un sistema de videoconferencia que con las debidas garantías permita, mediante esa asistencia a distancia, la plena participación en el debate y en la votación de los asuntos a tratar de forma simultánea y conjunta con los concejales presentes físicamente en la sesión plenaria”.

Se adjunta como anexo el texto de la modificación del Reglamento Orgánico del Pleno a la que se refiere el precedente acuerdo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.3.e) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, se procede a la publicación del texto aprobado.

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Madrid, a 23 de diciembre de 2016.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(03/45.277/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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