Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 4

Fecha del Boletín 
05-01-2017

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170105-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

92
Madrid. Sección Undécima. Procedimiento 1.057 de 2011, notificación a Infoaccidentes Abogados, S. L. P., y don Antonio Anastasio Cortes Cuevas

Sección Undécima

EDICTO

D/Dña. AMALIA MARCOS ANDRÉS, Letrado/a de la Admón. de Justicia de la Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Madrid:

Que en este Tribunal se sigue recurso de apelación registrado con el número 497/2015, y con fecha 16/11/2016 se ha dictado Auto que a su vez aclara la parte dispositiva de la sentencia dictada con fecha 16/09/2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: ESTIMAR la petición formulada por la Entidad Aseguradora de CASER- CAJA SEGUROS REUNIDOS, representada por la Procuradora de los Tribunales DOÑA ANDREA DORROMOCHEA GUIOT, con respecto a la aclaración interesada en el presente recurso de apelación con relación a la sentencia dictada con fecha 16 de Septiembre del 2016, aclarándose en el sentido siguiente:

a) El Fundamento VIII de la sentencia de primera instancia solo se revoca en materia de costas procesales con respecto a los codemandados Dª Susana Dieste La Granja, y la Compañía Aseguradora Arch Insurance Company (Europe) LTD, declarando no haber lugar a realizar expresa mención sobre este extremo con respecto a ellos.

b) Se mantiene e l pronunciamiento de condena en costas a la actora con respecto a D.- Antonio Anastasio Cortés Cuevas, Infoaccidentes- Estudio Jurídico S.L y Compañía Aseguradora de Caser, al no haberse formulado ninguna impugnación sobre la absolución de dichos demandados, quedando firme el pronunciamiento realizado en primera instancia sobre este extremo.

2.- Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución objeto de la petición de aclaración y que ya quedaron indicados al notificar aquélla, computándose el plazo desde la notificación de este Auto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 267.9 de la LOPJ.Así, por este auto, lo acuerdan, mandan y firman los/as Ilmos./as. Sres. /as. Magistrados arriba reseñados.

Y para que sirva de notificación en legal forma el Auto aclaratorio dictado con fecha 16/11/2016 con respecto a la sentencia de 16/09/2016. a los demandados INFOACCIDENTES ABOGADOS SLP y D.- ANTONIO ANASTASIO CORTES CUEVAS, declarados en situación procesal de rebeldía, y que en la actualidad se ignoran su paradero, extiendo y firmo la presente.

En Madrid a treinta de noviembre de dos mil dieciséis.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DE LA SECCIÓN

Fdo.: Dña. AMALIA MARCOS ANDRÉS

(03/43.763/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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