Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
03-01-2017

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170103-202

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

202
Móstoles número 2. Procedimiento 1.194 de 2016, notificación a Varvir 85, S. L., y otras

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Asunto en que se acuerda: procedimiento número 1.194 de 2016, a instancias de don Rafael Gómez Gómez y doña Beatriz Martínez Cantón, sobre despido.

Persona que se cita: “Vervir 85, Sociedad Limitada”, “Verma Energía, Sociedad Limitada”, “Promociones Verna 2001, Sociedad Limitada”, “Galdós Sociedad Inmobiliaria, Sociedad Anónima”, “Distrihogar 2013, Sociedad Limitada”, “Cultural, Sociedad Anónima”, “Alba Cultural Siglo XXI, Sociedad Limitada”, “Cultural, Sociedad Anónima”, y “Distrihogar 2013, Sociedad Limitada”, como demandada.

Objeto de la citación: asistir al acto de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio propuesto por la parte contraria.

Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado de lo social número 2 de Móstoles, sito en la calle San Antonio, número 6, 28931 Móstoles, el día 26 de enero de 2017, a las diez y diez horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social).

2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procurador o graduado social colegiado, debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

4. Si no comparece y no justifica el motivo de la incomparecencia, el Tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero.

En Móstoles, a 14 de diciembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia, María Isabel Cano Campaña.

EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.194 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Beatriz Martínez Cantón y don Rafael Gómez Gómez, frente a “Alba Cultural Siglo XXI, Sociedad Limitada”, “Alba Cultural Siglo XXI, Sociedad Limitada”, “Cultural, Sociedad Anónima”, “Distrihogar 2013, Sociedad Limitada”, “Galdós Sociedad Inmobiliaria, Sociedad Anónima”, “Manipulados Valmojado”, “Promociones Verna 2001, Sociedad Limitada”, “Verma Energía, Sociedad Limitada”, y “Vervir 85, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Auto

En Móstoles, a 22 de noviembre de 2016.

Parte dispositiva:

Se acuerda la acumulación a los presentes autos número 1.194 de 2016, del que se sigue también en este Juzgado con el número DSP 1.203 de 2016, discutiéndose en un solo proceso y decidiéndose en una sola resolución las cuestiones planteadas en todos ellos.

Notifíquese la presente resolución a las partes de todos los procedimientos.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda, siendo necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander” con número 2851-0000-61-1194-16 y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora magistrada-juez, doña Ana Fernández Valenti.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Vervir 85, Sociedad Limitada”, “Verma Energía, Sociedad Limitada”, “Promociones Verna 2001, Sociedad Limitada”, “Galdós Sociedad Inmobiliaria, Sociedad Anónima”, “Distrihogar 2013, Sociedad Limitada”, “Cultural, Sociedad Anónima”, y “Alba Cultural Siglo XXI, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 14 de diciembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/44.755/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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