Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
03-01-2017

Sección 3.10.20Q: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170103-60

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE QUIJORNA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

60
Quijorna. Organización y funcionamiento. Disolución Patronato

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el 1 de diciembre de 2016, aprobó inicialmente la disolución del Patronato Municipal de Deportes de Quijorna adscrito a la Concejalía de Deportes para la gestión del servicio público de la actividad deportiva e instalaciones deportivas. Dicha disolución tendrá efectos de 30 de diciembre de 2016.

Los interesados podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

— Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: treinta días hábiles, a partir de la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

— Oficina de presentación: Registro General, en horas de oficina, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas, y los lunes, también de diecisiete a diecinueve y treinta horas.

— Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.

Acuerdo definitivo: de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 de los apartados 3 y 4 del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales anteriormente citada y artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, finalizado el período de exposición pública sin que los interesados hayan presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.

Quijorna, a 20 de diciembre de 2016.—El alcalde, Florentino Serrano Villena.

(03/44.651/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20Q: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170103-60