Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
02-01-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170102-47

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 41

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Madrid número 41. Procedimiento 62 de 2014, notificación a Construcciones Vicam, S. A.

EDICTO

Don José Ignacio Atienza López, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 41 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 62 de 2014, instados por el procurador don Ignacio Melchor Oruña, en nombre y representación de “Materiales Frans Bonhomme, Sociedad Limitada”, contra “Future Technology in Building, Sociedad Limitada”, y “Construcciones Vicam, Sociedad Anónima”, en reclamación de 15.458,15 euros, en los que se ha dictado en fecha 20 de enero de 2016 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales don Ignacio Melchor Oruña, actuando en nombre y representación de la empresa “Materiales Frans Bonhomme, Sociedad Limitada”, contra las empresas “Construcciones Vicam, Sociedad Anónima”, y estimándola parcialmente frente a “Future Technology in Building, Sociedad Limitada”, representada por el procurador de los tribunales don Norberto Pablo Jerez Fernández, debo condenar y condeno a la empresa “Future Technology in Building, Sociedad Limitada”, al abono a la actora de la suma de 9.300 euros, más los intereses legales indicados en el antepenúltimo párrafo del fundamento de derecho tercero de esta resolución, respondiendo solidariamente la empresa “Construcciones Vicam, Sociedad Anónima”, hasta la cifra de 6.907 euros, más los intereses legales indicados en el último párrafo del fundamento de derecho tercero de esta resolución. Todo ello con expresa imposición a la empresa “Construcciones Vicam, Sociedad Anónima”, de las costas frente a ella causadas y sin hacer imposición de las ocasionadas respecto de la empresa “Future Technology in Building, Sociedad Limitada”.

Esta sentencia no es firme, contra la misma podrá interponerse recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días a contar desde su notificación. Póngase en conocimiento de las partes que en el momento de la interposición del recurso de apelación deberán consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, con el concepto “Recursos” la cantidad de 50 euros, bajo apercibimiento de inadmisión.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Construcciones Vicam, Sociedad Anónima”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 12 de diciembre de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/44.227/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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