Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
02-01-2017

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170102-155

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 13

155
Málaga número 13. Procedimiento ordinario 234 de 2015, notificación a Falcon Contratas y Servicios Auxiliares, S. A., y Sagital, S. A.

EDICTO

Doña Clara López Calvo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 13 de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 234 de 2015, a instancias de la parte actora doña Ana Isabel Jiménez Martín, contra “SPN Empauxer, Sociedad Limitada”, “Mantrol Servicios, Sociedad Limitada”, ministerio fiscal, “Falcon Contratas y Servicios Auxiliares, Sociedad Anónima”, y “Sagital, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se han dictado sentencia y auto aclaratorio de la misma, cuyo tenor literal es como sigue:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Ana Isabel Jiménez Martín, frente a las empresas “SPN Empauxer, Sociedad Limitada”, “Mantrol Servicios, Sociedad Limitada”, “Sagital, Sociedad Anónima”, “Falcon Contratas y Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, siendo parte el ministerio fiscal, sobre conciliación de vida familiar y laboral y derechos fundamentales, en el sentido de condenar a la empresa “Mantrol Servicios, Sociedad Limitada”, a reponer a la actora en su jornada reducida de lunes a viernes, excepto festivos, de catorce a veintiuna horas, debiendo el resto de codemandadas estar y pasar por la resolución presente.

Se desestima la vulneración de derechos fundamentales.

Notifíquese esta resolución alas partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Málaga, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y siguientes del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el “Banco Santander”, de Málaga, a la cuenta corriente de este Juzgado número 4976/0000/67/0234/15 o presentar aval solidario de entidad financiera por el mismo importe. Asimismo, deberá constituir otro depósito por importe de 300,00 euros en la cuenta número 4976/0000/65/0234/15 del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a este último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de publicación.—La extiendo yo, la secretaria judicial, para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando el ilustrísimo magistrado-juez que la dictó celebrando audiencia pública.—Reitero fe.

Parte dispositiva:

Se acuerda la rectificación del fallo de la sentencia número 262, de fecha 7 de septiembre de 2016, en el sentido de que donde dice: «El día 24 de enero de 2011 la actora y la empresa “Sagital, Sociedad Anónima”, adjudicataria de la contrata en 2011 ...»; debe decir: «El día 24 de mayo de 2011 la actora y la empresa “Sagital, Sociedad Anónima”, adjudicataria de la contrata en 2011 ...», debiendo permanecer intacto el resto de pronunciamientos.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Francisco José Trujillo Calvo, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 13 de Málaga.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo mandado.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a las demandadas “Falcon Contratas y Servicios Auxiliares, Sociedad Anónima”, y “Sagital, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 23 de noviembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/43.509/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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