Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
02-01-2017

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170102-91

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

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Madrid número 15. Ejecución 35 de 2015, notificación a Central de Franquicias 2010, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 35 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Candela Abril García y don Miguel Ángel Laguna Higuera, frente a “Central de Franquicias 2010, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Debo declarar y declaro extinguida la relación laboral entre la parte ejecutante don Miguel Ángel Laguna Higuera y doña Candela Abril García y la parte ejecutada “Central de Franquicias 2010, Sociedad Limitada”, con efectos de fecha 25 de noviembre de 2016.

Debo condenar y condeno a “Central de Franquicias 2010, Sociedad Limitada”, a abonar a don Miguel Ángel Laguna Higuera la suma de 2.805,50 euros en concepto de indemnización y 21.069,84 euros en concepto de salarios de tramitación, con descuento de los períodos en que haya podido permanecer en situación de incapacidad temporal y/o de los salarios que haya podido percibir en posteriores empleos y/o prestaciones de desempleo que haya podido percibir para su reintegro al Servicio Público Estatal de Empleo hasta el límite del salario diario declarado probado; y a doña Candela Abril García la suma de 1.128,63 euros en concepto de indemnización y 10.130,12 euros en concepto de salarios de tramitación, con descuento de los períodos en que haya podido permanecer en situación de incapacidad temporal y/o de los salarios que haya podido percibir en posteriores empleos y/o prestaciones de desempleo que haya podido percibir para su reintegro al Servicio Público Estatal de Empleo hasta el límite del salario diario declarado probado, y al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por este pronunciamiento.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2513/0000/64/0035/15.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma doña Graciela Hermoso Belmonte, magistrada-juez adscrita al Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Central de Franquicias 2010, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de noviembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/43.309/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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