Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
02-01-2017

Sección 1.3.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170102-11

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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NOTIFICACIÓN de prórroga expresa del Acuerdo de encomienda de gestión entre la Dirección General de Justicia y Seguridad y la Dirección General de Ordenación e Inspección, para la realización de determinadas actuaciones en los procedimientos de control y seguimiento de situaciones de incapacidad temporal del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia dependiente de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 1 de diciembre de 2016.

De una parte, doña Cristina García Márquez, Directora General de Justicia y Seguridad de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, con arreglo a las competencias atribuidas en el artículo 15.1 del Decreto 192/2015, de 4 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno.

De otra parte, don Adolfo Ezquerra Canalejo, Director General de Inspección y Ordenación de la Consejería de Sanidad, de conformidad con las competencias atribuidas por el Decreto 195/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.

Ambas partes, se reconocen mutuamente capacidad suficiente y poder bastante para este acto, y exponen:

I. Que el día 4 de junio de 2014 fue publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la Resolución de 22 de mayo de 2014, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se hace pública la encomienda de gestión de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia a la Dirección General de Ordenación e Inspección de determinadas actuaciones en los procedimientos de control y seguimiento de situaciones de incapacidad temporal del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia dependiente de la Comunidad de Madrid.

II. Que en el apartado séptimo del citado Acuerdo de encomienda de gestión, en el que se fija la vigencia y efectos se establece que dicho Acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente de su publicación hasta el 31 de diciembre de 2016, y que podrá ser prorrogado por conformidad expresa de las partes, manifestada con una antelación mínima de quince días a la fecha de finalización de su vigencia.

III. Por lo que antecede y de conformidad con el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ambas partes suscriben la prórroga expresa del Acuerdo de encomienda de gestión durante el año 2017, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Objeto

Se prorroga expresamente el Acuerdo de encomienda de gestión de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia a la Dirección General de Ordenación e Inspección de determinadas actuaciones en los procedimientos de control y seguimiento de situaciones de incapacidad temporal del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia dependiente de la Comunidad de Madrid, suscrito el 22 de mayo de 2014 y publicado por Resolución de 22 de mayo de 2014 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 4 de junio), salvo lo establecido en los siguientes apartados:

Tercero.—El punto 1 del apartado tercero quedará sustituido por el siguiente: “La Dirección General de Justicia y Seguridad remitirá mensualmente a la Dirección General de Inspección y Ordenación una relación comprensiva de aquellos funcionarios del régimen especial de MUGEJU que se encuentran en situación de incapacidad temporal con el contenido que resulte necesario para el control de la misma. De esta manera, se enviará en la primera semana de cada mes, una relación actualizada que incluya los procesos de incapacidad temporal abiertos y de menos de trescientos sesenta y cinco días, así como las altas del mes previo”.

Por otra parte, el último párrafo del punto 3 quedará redactado como sigue: “Remitir a la Dirección General de Justicia y Seguridad la comunicación relativa a la procedencia de iniciación del trámite del reconocimiento de incapacidad permanente para el servicio, cuando se estime que la enfermedad o lesión por accidente impide definitivamente el desempeño de las funciones públicas. La Dirección General de Justicia y Seguridad, podrá acordar, en su caso, la jubilación del trabajador”.

Quinto.—El último párrafo quedará redactado de la forma siguiente: “Los actos y resoluciones de régimen jurídico que den soporte o en los que se integren las actividades materiales y técnicas objeto de esta encomienda serán adoptadas por la Dirección General de Justicia y Seguridad, en los términos establecidos en el artículo 11.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Sexto.—El último párrafo relativo a la Comisión de Seguimiento se sustituye por el siguiente: “La Comisión de Seguimiento se regirá por lo establecido en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, respecto al funcionamiento de los órganos colegiados”.

Por último, todas las referencias realizadas a la Dirección General de Ordenación e Inspección y a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia se entenderán referidas a la Dirección General de Inspección y Ordenación y a la Dirección General de Justicia y Seguridad respetivamente.

Segunda

Vigencia y efectos

La presente prórroga de Acuerdo de encomienda de gestión entre la Dirección General de Justicia y Seguridad y la Dirección General de Inspección y Ordenación suscrita el 22 de mayo de 2014 y publicado por Resolución de 22 de mayo de 2014, entrará en vigor el 1 de enero de 2017, extendiendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017.

Y en prueba de conformidad, se suscribe la presente prórroga por los Directores Generales antes citados.—La Directora General de Justicia y Seguridad, María Cristina Díaz Márquez.—El Director General de Inspección y Ordenación, Adolfo Ezquerra Canalejo.

(03/44.364/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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