Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
02-01-2017

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170102-34

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

Dirección General de Control de la Edificación

34
Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Convocatoria subvenciones

Decreto de 24 de noviembre de 2016, del delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, por el que se amplía el crédito correspondiente a la convocatoria pública 2016 para la concesión de subvenciones con destino a actuaciones de accesibilidad, conservación y eficiencia energética de edificios existentes de uso residencial vivienda por importe de 8.000.000,00 de euros.

En uso de las atribuciones que me han sido delegadas por el acuerdo de 29 de octubre de 2015, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, modificado por acuerdo de 17 de marzo de 2016, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos, dispongo:

Primero.—Ampliar el crédito correspondiente a la convocatoria pública 2016 para la concesión de subvenciones con destino a actuaciones de accesibilidad, conservación y eficiencia energética de edificios existentes de uso residencial vivienda por importe de 8.000.000,00 de euros, conforme a lo establecido en el artículo 8.2 de la citada convocatoria.

Con esta ampliación, la cuantía total máxima asignada a la concesión de las subvenciones para esta convocatoria asciende a 24.000.000,00 de euros.

Segundo.—La presente ampliación no implica la apertura de un nuevo plazo de solicitudes, por lo que exclusivamente serán tenidas en cuenta en el proceso de valoración para la resolución de concesión definitiva las solicitudes presentadas en los plazos fijados en el artículo 12 de la convocatoria. Tampoco implicará el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

Tercero.—La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 24 de noviembre de 2016.—El delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, José Manuel Calvo del Olmo.

(01/44.127/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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