Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
27-12-2016

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161227-61

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES DEL ESTE DE MADRID (MISSEM)

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales del Este de Madrid (MISSEM). Régimen económico. Presupuesto 2017

En la Intervención de esta Entidad Local, y conforme dispone el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público, a efectos de reclamaciones, el presupuesto general para el ejercicio 2017, aprobado inicialmente por la Mancomunidad en Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 21 de diciembre de 2016.

Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el artículo 170 del Real Decreto Legislativo, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 del artículo 170, podrán presentarse reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General.

c) Organismo ante el que se reclama: Junta Plenaria de la Mancomunidad.







Transcurrido dicho plazo, se entenderá definitivamente aprobado en caso de que no se produzcan alegaciones.

Según lo dispuesto en el artículo 152.1 de la citada Ley 39/1988, se podrá interponer directamente contra el referenciado presupuesto general recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Campo Real, a 22 de diciembre de 2016.—El presidente, Jorge González Martínez.

(03/45.064/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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