Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
20-12-2016

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161220-157

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

157
Madrid número 39. Ejecución 175 de 2013, notificación a Malga Servicios Empresariales, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 175/2013 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. LIBERT ISRAEL DE NODA DOSSI frente a MALGA SERVICIOS EMPRESARIALES SL sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral se ha dictado la siguiente resolución:

DECRETO

En Madrid, a veintitrés de noviembre de dos mil dieciséis.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En la presente ejecución, instada por D./Dña. LIBERT ISRAEL DE NODA DOSSI, se han embargado como pertenecientes al deudor MALGA SERVICIOS EMPRESARIALES SL, PFA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES S.A Y GRUPO DE ASESORIAS P.F.A, los bienes que se relacionan en el decreto de fecha 27.10.2016.

SEGUNDO.- Con fecha 08.11.2016, 16.11.2016, 21.11.2016 y 22.11.2016 se han producido ingresos en la cuenta judicial por importe total de 3.607,75 euros.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

ÚNICO.- Habiendo desaparecido, como se desprende de lo anteriormente expuesto, los motivos que determinaron la traba de los bienes reseñados, procede alzar el embargo y cancelar la medida de garantía adoptada.

PARTE DISPOSITIVA

SE ALZAN LOS EMBARGOS acordados en la presente ejecución, cancelándose las medidas de garantía adoptadas y librándose al efecto los correspondientes oficios a las entidades públicas y privadas requeridas en su día.

Póngase a disposición del ejecutante Dº LIBERT ISRAEL DE NODA DOSSI la cantidad de 716,35 euros en concepto de restos de intereses y a disposición de Dº JAVIER SERRANO HUERTAS la cantidad de 1452 euros en concepto de costas, una vez alcance firmeza el Decreto de embargo de fecha 27.10.2016, librándose al efecto el correspondiente mandamiento de pago.

Respecto al sobrante existente por importe de 1.439,40 euros, requiérase a las empresas MALGA SERVICIOS EMPRESARIALES SL, PFA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES S.A Y GRUPO DE ASESORIAS P.F.A a fin de que EN EL PLAZO DE 3 DÍAS presenten de común acuerdo propuesta de distribución de dicha suma haciéndose saber que transcurrido dicho plazo sin hacer alegación alguna, se procederá a distribuir el sobrante por orden de entrada de los ingresos realizados.

Y firme la presente resolución así como verificado el cobro de las cantidades puestas a disposición archívense esta ejecución.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. .Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a MALGA SERVICIOS EMPRESARIALES SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a veintitrés de noviembre de dos mil dieciséis .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/41.470/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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