Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
19-12-2016

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161219-58

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 1

58
Getafe número 1. Procedimiento 534 de 2012, notificación a don Ernesto Martínez Escalona

EDICTO

Doña Purificación Sáez Figueroa, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 1 de Getafe.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario de dicho Juzgado con el número 534 de 2012, a instancias de “Tarcredit EFC, Sociedad Anónima”, contra don Ernesto Martínez Escalona, en el procedimiento de referencia se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Getafe, a 16 de junio de 2016.—Don Ramón Ángel Gallardo Sánchez, magistrado-juez de primera instancia del número 1 de los de Getafe, habiendo visto los autos que se siguen en este Juzgado con el número 534 de 2012, a instancias de “Tarcredit EFC, Sociedad Anónima” (actualmente “FGA Capital Spain EFC, Sociedad Anónima Unipersonal”), representada por el procurador de los tribunales don Félix González Pomares y asistida del letrado don Jorge Nieberding Baun, contra don Ernesto Martínez Escalona, en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales don Félix González Pomares, en nombre y representación de “Tarcredit EFC, Sociedad Anónima” (actualmente “FGA Capital Spain EFC, Sociedad Anónima Unipersonal”), contra don Ernesto Martínez Escalona, debo condenar y condeno al expresado demandado a pagar a la parte actora la cantidad de 8.980,01 euros, más los intereses remuneratorios pactados al 7,08 por 100 desde la fecha de interposición de la demanda el día 26 de junio de 2012, así como al pago de las costas procesales causadas en este procedimiento.

Contra la presente sentencia, que no es firme, cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días; si bien, de conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009 (publicada en el “Boletín Oficial del Estado” de 4 de noviembre de 2009 y vigente a partir del día 5 de noviembre de 2009), para formular el correspondiente recurso de apelación contra esta resolución la parte recurrente necesitará consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” número 2376, que este Juzgado tiene abierta en el “Banco Santander”, la cantidad de 50 euros en concepto de “Depósito para recurrir”, debiendo acompañar el justificante de ingreso junto con el escrito de preparación o anuncio del recurso (artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), advirtiéndose a las partes que pretendan recurrir que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (número 7 de la disposición adicional decimoquinta citada).

Así por esta mi sentencia, cuyo original se llevará al libro de sentencias civiles de este Juzgado, dejando en las actuaciones testimonio literal de la misma, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por el ilustrísimo magistrado-juez de primera instancia que la dictó estando celebrando audiencia pública ordinaria en el día de su fecha.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a don Ernesto Martínez Escalona se expide la presente en Getafe, a 16 de noviembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/41.588/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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