Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
15-12-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161215-67

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 53

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Madrid número 53. Procedimiento 1.272 de 2015, notificación a don César Amador Cebrián

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.272 de 2015, entre “Grupo Rioja Asdrúbal, Sociedad Limitada”, y don César Amador Cebrián, en reclamación de 12.766,41 euros, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 296 de 2016

En Madrid, a 5 de octubre de 2016.—Vistos por doña Ana María Iguácel Pérez, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 53 de esta ciudad, los autos de juicio ordinario número 1.272 de 2015, promovidos por “Grupo Rioja Asdrúbal, Sociedad Limitada”, representada por el procurador don Gumersindo Luis García Fernández y defendida por el letrado don Miguel Ángel Rodríguez Tejada, contra don César Amador Cebrián, rebelde en las presentes actuaciones.

Fallo

Que estimando la demanda promovida por el procurador don Gumersindo Luis García Fernández, en nombre y representación de “Grupo Rioja Asdrúbal, Sociedad Limitada”, contra don César Amador Cebrián, declarado en rebeldía por su incomparecencia en autos, debo condenar y condeno al demandado a satisfacer a la actora la suma de 12.766,41 euros, más el interés legal desde la fecha de presentación de la demanda e incrementados en dos puntos desde la fecha de la sentencia, con expresa imposición de las costas procesales al demandado.

Líbrese y únase certificación literal de la presente resolución a las actuaciones y archívese el original en el legajo existente en Secretaría.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, y contra ella cabe recurso de apelación a interponer, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días a contar desde la notificación de la presente sentencia y del que conocerá la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, debiéndose constituir en tal caso el depósito de 50 euros previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial mediante la oportuna consignación en la entidad de crédito y en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta a nombre del Juzgado o del tribunal, lo que deberá ser acreditado.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a don César Amador Cebrián expido y firmo la presente en Madrid, a 13 de octubre de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/40.016/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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