Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298

Fecha del Boletín 
13-12-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161213-101

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

101
Madrid número 4. Ejecución 211 de 2015, notificación a Academia Darío, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Luis Miguel Nieto García, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 211 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cristina Felipe Lahera, frente a “Academia Darío, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 8 de noviembre de 2016.

Se extiende la presente para hacer constar que ha transcurrido el plazo de quince días concedido al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora en la diligencia de ordenación de fecha 14 de septiembre de 2016, habiendo presentado el anterior escrito la parte actora en un comunicado el desconocimiento de bienes de la ejecutada.—Doy fe.

Decreto

En Madrid, a 8 de noviembre de 2016.

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 449,55 euros de principal y de 89,91 euros de intereses y costas provisionales, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Academia Darío, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Notifíquese a través de Servicio Común de Actos de Comunicación y Ejecución al administrador de la empresa, y sin perjuicio de su resultado, publíquese la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y una vez firme la misma hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Asimismo, hágase entrega a la parte ejecutante de los testimonios necesarios y copia sellada de la demanda a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial, remitiéndolos por correo certificado al domicilio del letrado designado a efectos de notificaciones.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2502/0000/64/0211/15.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, con inclusión para la parte actora de copia sellada de la demanda y testimonio del acta de conciliación, auto despachando ejecución y del presente decreto.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Academia Darío, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de noviembre de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/40.643/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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