Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298

Fecha del Boletín 
13-12-2016

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161213-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 6

82
Alcalá de Henares número 6. Procedimiento 442 de 2014, notificación a don Víctor Oniciuc

EDICTO

Doña Yolanda Ocaña Villamil, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 6 de Alcalá de Henares.

Doy fe y testimonio: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, divorcio contencioso número 442 de 2014, que se tramita en este Juzgado a instancias de doña Angela Oniciuc, frente a don Víctor Oniciuc, sobre derecho de familia, se ha dictado con esta fecha resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 318 de 2016

En Alcalá de Henares, a 26 de abril de 2016.—Vistos por mí, doña Cristina Milans del Bosch y Sánchez-Galiano, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 6 de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio contencioso número 442 de 2016, seguidos a instancias de doña Angela Oniciuc, representada por la procuradora de los tribunales señora Pavón Vela y defendida por el letrado señor Lledó Collada, contra don Victor Oniciuc, sin representación procesal, y con base en los siguiente:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por doña Angela Oniciuc (de soltera doña Angela Birladianu) contra don Victor Oniciuc, debo declarar y declaro haber lugar al divorcio del matrimonio de ambos celebrado en el Ayuntamiento de la comarca de Stauceni, provincia de Botosani (Rumanía) el día 5 de agosto de 2007, disolviendo el mismo con todos los pronunciamientos legales inherentes. Y todo ello sin expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoseles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación por escrito, ante este Juzgado, en el plazo de los veinte días siguientes al de su notificación y del que conocería la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Una vez firme la presente resolución, comuníquese al Registro Civil donde se halle inscrito el matrimonio.

Así por esta mi sentencia, en nombre del Rey, lo pronuncio, mando y firmo.

Lo anteriormente inserto concuerda bien y fielmente con el original al que me remito y, para que conste, libro el presente en Alcalá de Henares, a 9 de noviembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/40.817/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161213-82