Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 289

Fecha del Boletín 
02-12-2016

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161202-74

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Móstoles. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 14 de noviembre de 2016, por el que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de innovación durante el curso 2016-2017.

BDNS: 323415

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de las bases reguladoras de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los colegios públicos de Educación Infantil y Primaria y de Educación Especial de Móstoles.

Segundo. Objeto.—Regular las medidas de apoyo y reconocimiento a los proyectos que desarrollen experiencias de innovación en aras de la mejora en la calidad de la enseñanza, en los centros públicos de Educación Infantil y Primaria y Educación Especial del municipio de Móstoles.

Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 14 de noviembre de 2016.

Cuarto. Cuantía.—La Concejalía de Educación destinará a la presente convocatoria un máximo de 25.000 euros para la financiación de las ayudas que tendrán la naturaleza jurídica de subvención y que serán financiadas con cargo a la aplicación 35-3261-48905 del presupuesto general del Ayuntamiento. La concesión de las ayudas tendrá lugar durante el año 2017, y estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto en vigor en ese momento. Se establecen dos modalidades de participación:

a) Participación individual de un centro: la cuantía máxima de la ayuda económica de cada proyecto no podrá superar la cantidad de 1.000 euros.

b) Participación conjunta (de dos a cuatro centros): la cuantía máxima de la ayuda económica para cada centro participante en el mismo proyecto de innovación, será de 1.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación será de veinte días naturales a partir del día siguiente a su publicación en el espacio web reservado al efecto (Concejalía de Educación: tablón anuncios). Se acompañará de la siguiente documentación:

1. Solicitud de participación según anexo I.

2. Proyecto según anexo II. Ambos anexos disponibles en la web municipal.

Sexto. Otros datos.—Los beneficiarios acreditarán la realización de la actividad subvencionada mediante la presentación en el Registro General del Ayuntamiento o Registros Auxiliares de las Juntas Municipales de Distrito, en cualquier momento desde la aprobación de la resolución de concesión y siempre antes del 15 de junio de 2017, la siguiente documentación:

a) Memoria final del proyecto según modelo establecido en el anexo III.

b) Relación detallada de los gastos generados durante el curso escolar 2016-2017 y de las facturas que se adjuntan.

c) Facturas originales incorporadas en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior conformadas por el centro educativo, sellada y firmada por el proveedor.

En Móstoles, a 15 de noviembre de 2016.—La concejala-delegada de Educación, Isabel Cruceta Serrano.

(03/42.044/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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