Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 286

Fecha del Boletín 
29-11-2016

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161129-54

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

54
Parla. Régimen económico. Ampliación plazo pago IBI

Anuncio de ampliación del período de pago en período voluntario de los recibos girados por el impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana de los bienes inmuebles incluidos en el ámbito de actuación del PAU 5 de Parla, del ejercicio 2016.

Por el presente, se pone en conocimiento que mediante decreto 2016008591, de fecha 16 de noviembre de 2016, del concejal-delegado del Área de Patrimonio, Hacienda, Cultura y Educación, se ha resuelto lo siguiente:

“Declarar la ampliación del plazo del pago en vía voluntaria de los recibos girados a los bienes incluidos en el ámbito de actuación denominado PAU-5 desde la fecha de su finalización hasta el día 31 de enero de 2017.

Dese traslado del presente decreto a los interesados para su conocimiento y efectos oportunos, haciéndoles advertencia expresa de los recursos y acciones legales que contra el mismo podrá ejercitar”.

Los recibos afectados se refieren a los incluidos en el padrón de contribuyentes y lista cobratoria del impuesto sobre bienes inmuebles correspondiente a los bienes inmuebles de naturaleza urbana, aprobados mediante decreto del concejal-delegado del Área de Patrimonio, Hacienda, Cultura y Educación número 2016003924, de 20 de mayo de 2016.

De conformidad con lo establecido en los artículos 137 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el concejal-delegado del Área de Patrimonio, Hacienda, Cultura y Educación, con carácter previo a la reclamación económico administrativa, o bien directamente, reclamación económico administrativa, previa al contencioso administrativo, ante el Jurado Económico Administrativo del Ayuntamiento de la Villa de Parla, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación del acto.

Ampliación del plazo de ingreso en período voluntario: hasta el 31 de enero de 2017.

Forma de pago: el pago de estos recibos podrá ser efectuado mediante la presentación del documento cobratorio correspondiente, personándose por sí o a través de tercero en las oficinas de las siguientes entidades colaboradoras en los horarios de atención al público:

— “Caixabank”, “Bankia”, “Banco España-Duero”, “Ibercaja”, “Banco Caja Castilla-La Mancha”, “Banco Santander”, “Deutsche Bank”, “Bilbao Bizkaia Kutxa”, “Sabadell Atlántico”, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria” (BBVA) y “Banco Popular”.

Este documento cobratorio servirá como justificante de pago con la validación mecánica o firma y sello autorizado de la entidad financiera.

Se advierte que el vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber sido satisfecha la deuda, determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo de los intereses de demora y de los recargos del período ejecutivo en los términos del artículo 161.4 de la Ley 58/2003 de 17 diciembre, General Tributaria.

En Parla, a 17 de noviembre de 2016.—El concejal-delegado del Área de Patrimonio, Hacienda, Cultura y Educación, José Manuel Zarzoso Revenga.

(02/40.424/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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