Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
25-11-2016

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161125-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

51
Pozuelo de Alarcón. Régimen económico. Presupuesto general

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 122.5.d) de la Ley de Bases del Régimen Local y 43.2.d) del Reglamento Orgánico del Pleno, se hace público, para general conocimiento, que a iniciativa de la Junta de Gobierno Local de 19 de octubre de 2016, el Pleno del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, en sesión de 23 de noviembre de 2016, aprobó inicialmente, sometiéndolo a información pública y dándole el trámite del artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el presupuesto general de la Corporación y la plantilla de personal para el año 2017.

El referido acuerdo constituye un acto de trámite respecto del cual los interesados del artículo 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas ante el Pleno, en el plazo de quince días a partir del día siguiente a aquel en que aparezca publicado este anuncio, entendiéndose definitivamente aprobado el acuerdo hasta entonces provisional si en referido período de exposición pública no se hubieran presentado reclamaciones. De presentarse, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas y se insertará resumido por capítulos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Pozuelo de Alarcón, a 23 de noviembre de 2016.—El secretario general del Pleno accidental (resolución de 3 de noviembre de 2016, de la Dirección General de Administración Local de la Comunidad de Madrid), Eugenio Martínez Serrano.

(03/41.194/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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