Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 282

Fecha del Boletín 
24-11-2016

Sección 4.150.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161124-208

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA DE MADRID NÚMERO 6

208
Madrid número 6. Expediente 1.727 de 2015, notificación a don Teodoro Gómez Rojas

EDICTO

Doña Teresa María Marinero Rivera, secretaria del Juzgado de vigilancia penitenciaria número 6 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el expediente número 1.727 de 2015 se ha dictado el presente auto, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Auto

En Madrid, a 18 de febrero de 2016.

Parte dispositiva:

Se declara incumplida la pena de trabajos en beneficio de la comunidad impuesta al penado don Teodoro Gómez Rojas, en la ejecutoria número 1.998 de 2014 del Juzgado de ejecuciones penales número 28 de Madrid.

Líbrese testimonio de las presentes actuaciones y remítanse con atento oficio al Juzgado de ejecuciones penales número 28 de Madrid, con objeto de que por parte de dicho tribunal se adopte la decisión más adecuada teniendo en cuenta las circunstancias que concurren en este caso.

Notifíquese esta resolución al ministerio fiscal, al penado y al Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas del CIS “Melchor Rodríguez García”, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe interponer recurso de reforma en el término de tres días, y subsidiario o separado de apelación en el plazo de cinco días a resolver por el magistrado-juez o tribunal sentenciador en los términos previstos en la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial.

Y para que conste y sirva de notificación del auto a don Teodoro Gómez Rojas, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente en Madrid, a 26 de octubre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/39.063/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.150.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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