Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
18-11-2016

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161118-57

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

57
Rivas-Vaciamadrid. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 27 de octubre de 2016, por el que se convocan subvenciones destinadas a clubes, entidades y fundaciones deportivas sin fines de lucro, cuyas acciones se desarrollen regularmente en la competición federada años 2016.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):

BDNS (Identif.): 321543

1. Beneficiarios: asociaciones deportivas ripenses que cumplan con los siguientes requisitos:

— Estar inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid y en el de la Comunidad de Madrid con un año mínimo de antigüedad.

— Tener su sede o domicilio social y realizar sus actividades en Rivas-Vaciamadrid.

— Tener en vigor el Convenio de Colaboración con la Concejalía de Deportes.

— Participar en competiciones deportivas oficialmente reconocidas, realizadas por alguna federación deportiva española.

2. Solicitudes: están a disposición de los interesados en las dependencias de la Concejalía de Deportes y en la web municipal (https://sede.rivasciudad.es/por tal/sede/se_contenedor1.jsp?seccion=s_fdoc_d4_v1.jsp&contenido=30534&tipo=5&ni vel=1400&codResi=1&language=es).

3. Plazo: quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación de la convocatoria en la web municipal.

4. Lugar de presentación: Registros del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid o de acuerdo con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5. Documentación a presentar:

— Anexo 1.

— Anexo 2.

— Anexo 3.

— Informe de trabajadores en alta de la Seguridad Social que hayan estado de alta en el año 2016.

6. Cuantía: máximo 20.000 euros por beneficiario.

7. Período subvencionable: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016.

8. Justificación y pago: el pago se realizará previa justificación. Se presentará la documentación justificativa antes del 15 de enero de 2017.

En Rivas-Vaciamadrid, a 3 de noviembre de 2016.—El alcalde, Pedro del Cura Sánchez.

(03/40.126/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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