Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
17-11-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161117-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 73

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Madrid número 73. Procedimiento 608 de 2013, notificación a La Alcabala 1342, S. L.

EDICTO

Doña Laura Fojón Chamorro, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 73 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 608 de 2013, instados por el procurador don Ignacio Melchor Oruña, en nombre y representación de “Europa Press Delegaciones, Sociedad Anónima”, contra “La Alcabala 1342, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 9 de octubre de 2015 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Ignacio Melchor Oruña, en nombre y representación de “Europa Press Delegaciones, Sociedad Anónima”, debo condenar a la demandada “La Alcabala 1342, Sociedad Limitada”, a abonar la cantidad de 6.625,00 euros, intereses de demora y costas del procedimiento.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta número 3253/0000/00/0608/13 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 73 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los dígitos número 3253/0000/00/0608/13.

Publicación

En esta fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el ilustrísimo magistrado-juez que la dictó celebrando audiencia pública.—Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “La Alcabala 1342, Sociedad Limitada”, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra el presente auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que proceden contra, en su caso, la resolución originaria que ya quedaron indicados al ser notificados (artículo 276.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

Los plazos para los recursos a que se refiere el anterior apartado se interrumpen, en su caso, por la solicitud y en todo caso comienzan a computarse desde el día siguiente a la publicación de este edicto (artículo 267.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 25 de octubre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/38.369/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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