Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
16-11-2016

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161116-87

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 8

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Madrid número 8. Procedimiento 725 de 2013, notificación a los herederos de Bernardo Blanco Solana

EDICTO

JUZGADO MERCANTIL N° 8 DE MADRID

JUICIO: Procedimiento Ordinario 725/2013

PARTE DEMANDANTE: D./Dña. SERGE BLANCO

PARTE DEMANDADA: HEREDEROS DE BERNARDO BLANCO SOLANA

SOBRE: Marcas/Nombres comerciales

En este Juzgado se siguen autos de Procedimiento Ordinario entre SERGE BLANCO y HEREDEROS DE DON BERNARDO BLANCO SOLANA, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA DE FECHA 28 DE MARZO DE 2016. cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

ESTIMO LA DEMANDA presentada a instancia de DON SERGE BLANCO contra HEREDEROS DE DON BERNARDO BLANCO SOLANA declarando la caducidad por falta de uso de la marca española número 772.592 BERNARDO BLANCO en clase 25 de la que es titular DON BERNARDO BLANCO SOLANA, acordando su cancelación, con todos los efectos inherentes a tal declaración, librándose los oficios oportunos a tales efectos, todo ello con imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que esta resolución no es firme y contra ella podrá interponerse recurso de Apelación que se interpondrá ante el tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados a partir del día siguiente la de la notificaron de la presente resolución, debiendo en todo caso la parte que cumplir lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la LO 1/2009 de 3 de noviembre conforme a lo apartados 2, 3.b) respecto del depósito para recurrir en los términos y con las prevenciones contenidas en los apartados 6 y ss de la referida disposición.

LIBRESE TESTIMONIO de la presente resolución para su unión a los autos de que dimana, publicándose la original en el Libro de sentencias y Autos definitivos de este Juzgado.

NOTIFÍQUESE la presente resolución a las partes, haciéndoseles saber que la misma no es fírme, y que contra la misma cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de MADRID en el plazo de CINCO DÍAS desde el día siguiente a su notificación y a preparar ante este Juzgado por medio de escrito indicando el pronunciamiento o pronunciamientos que se impugnan

Conforme a la DA 15 de la LOPJ, introducida por la LO 1/09, para el anuncio o la preparación o la interposición del RECURSO DE APELACIÓN, será precisa la consignación como depósito de 50 euros en la “Cuenta de Depósitos y Consignaciones” abierta a nombre del Juzgado en la ENTIDAD BANCARIA BANESTO y acreditarlo documentalmente ante este tribunal, aportando copia del resguardo de ingreso; el depósito no deberá consignarse cuando el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, Ministerio Fiscal, Estado, Comunidad Autónoma, Entidad Local u organismo autónomo dependiente.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Cuando puedan realizarse ingresos simultáneos por la misma parte procesal, deberá realizar dos operaciones distintas de imposición, indicando en el concepto el tipo de recurso de que se trate en cada caso. Si por una misma parte se recurriera simultáneamente más de una resolución que pueda afectar a una misma cuenta expediente, deberá realizar tantos ingresos diferenciados como resoluciones a recurrir, indicando el tipo de recurso de que se trate y la fecha de la resolución objeto de recurso en formato dd/mm/aaaa en el campo de observaciones.

Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN. Leída y publicada fue la anterior sentencia, por el Sr. Juez que la suscribe, en el mismo día de su fecha, hallándose celebrando audiencia pública.

DILIGENCIA. Seguidamente se cumple o acordado, doy fe.

El/ la Juez/Magistrado/ a Juez

Y para que sirva de notificación a LOS HEREDEROS DE DON BERNARDO BLANCO SOLANA, expido y firmo la presente en Madrid, a uno de septiembre de 2017.

EL LETRADO/A DE LA ADMON . DE JUSTICIA

(02/38.130/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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