Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
15-11-2016

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161115-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

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Madrid. Sección Novena. Recurso 688 de 2016-4, notificación a los sucesores de don José Luis Chair Vicente

Sección Novena

EDICTO

Don Salvador González Bascueña, letrado de la Administración de Justicia de la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en este tribunal se sigue el recurso de apelación número 688 de 2016, a instancias de la procuradora doña Alicia Martínez Villoslada, en nombre y representación de don Gregorio Pizarroso Rubio, contra don Timoteo Pizarroso García, doña Petra Carrasco Prol y los sucesores de don José Luis Chair Vicente, declarados en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad, en el que se ha dictado sentencia en fecha 6 de octubre de 2016, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia

Ilustrísimos magistrados: don Juan Luis Gordillo Álvarez-Valdés, don Juan Ángel Moreno García y don César Tejedor Freijo.—En Madrid, a 6 de octubre de 2016.

Vistos en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, los autos de procedimiento ordinario número 114 de 2013, procedentes del Juzgado de primera instancia número 81 de Madrid, a los que ha correspondido el rollo de apelación número 688 de 2016, en los que aparecen como partes: de una, como demandado y hoy apelado, don Timoteo Pizarroso García, representado por el procurador don Eduardo de la Torre Lastres, quien no se ha personado en esta alzada; de otra, como demandante y hoy apelante, don Gregorio Pizarroso Rubio, representado por la procuradora doña Alicia Martínez Villoslada; así como los demandados hoy apelados, no comparecidos en esta alzada, doña Petra Carrasco Prol y sucesores de don José Luis Chair Vicente, este último en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad. Siendo magistrado-ponente el ilustrísimo señor don Juan Ángel Moreno García.

Fallamos

Se desestima el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de don Gregorio Pizarroso Rubio contra la sentencia dictada por el ilustrísimo magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 81 de Madrid, el día 23 de marzo de 2015, en el procedimiento ordinario allí seguido con el número 114 de 2013, confirmando dicha resolución.

Todo ello con imposición de las costas de esta alzada a la parte apelante, con pérdida del depósito constituido para recurrir de conformidad con el punto noveno de la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se llevará certificación literal al rollo de Sala del que dimana, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Haciéndose saber que contra la misma cabe recurso de casación de acreditarse el interés casacional, que deberá interponerse ante este tribunal en el término de veinte días desde la notificación de la presente.

En atención al desconocimiento de los actuales domicilios de los demandados rebeldes los sucesores de don José Luis Chair Vicente, pese a las diligencias y averiguaciones practicadas para ello, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por medio de la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia de la Sección.

(03/36.997/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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